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Definición
Estado
CHE
Plazo de convocatoria abierto hasta el 13 de diciembre de 2024 a las 14 h.
Normativa
- Orden
- Convocatoria
- Extracto de convocatoria
- BDNS 793232 793233
Beneficiarios
Empresas personas físicas o jurídicas organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales.
Se excluyen las sociedades civiles y las comunidades de bienes.
En el caso de las propuestas presentadas a esquemas Interreg SUDOE o POCTEFA el beneficiario deberá de tener la condición de empresa persona física o jurídica.
En todos los casos, el solicitante deberá estar dado de alta en el censo de actividades económicas en la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes previsto en esta convocatoria.
Quedan excluidas de la presente convocatoria:
- C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor); C.N.A.E. 95. (Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico).
- No se aplicarán las exclusiones previstas en el supuesto de que la empresa beneficiaria desempeñe estas actividades de forma residual o no principal.
- Las empresas del sector de la producción agrícola primaria, salvo que también desarrollen actividades de transformación y/o comercialización al por mayor de los productos agrícolas obtenidos.
Actuaciones subvencionables
Se subvencionará la consultoría y asistencia experta externa u otras acciones para la identificación, definición, presentación y gestión de proyectos de I+D+i orientadas a la participación en programas de ayudas en convocatorias internacionales. Serán subvencionables los siguientes CHEQUES cuyo objeto y condiciones particulares se describen en el Anexo I de la convocatoria:
a.1. CHEQUE (FINANCIACIÓN DE LA I+D+i):
ACTUACIÓN | Importe máximo de gasto subvencionable |
a.1. CHEQUES (FINANCIACIÓN DE LA I+D+i): |
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a.1.1. PROYECTOS DE LA UNIÓN EUROPEA Y OTROS MARCOS DE COLABORACIÓN TECNOLÓGICA INTERNACIONAL: |
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a.1.1.1. HORIZON EUROPE: u otros fondos de los descritos en el Anexo I punto a.1.1.1) |
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SINGLE STAGE: |
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Máximo si overall threshold <=nota de evaluación<=11 | 8.000 |
Máximo si 11 <=nota de evaluación<=12 | 15.000 |
Máximo si nota de evaluación>12 | 30.000 |
TWO STAGES: |
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Máximo total 2 fases: | 30.000 |
Máximo total fase 1: si coordinador y la nota de evaluación es >= overall threshold. | 10.000 |
Máximo total fase 1: si coordinador y la nota evaluación >= 80% overall threshold | 4.000 |
Máximo total fase 1: si socio, y la nota de evaluación es >= overall threshold. | 4.000 |
Máximo total fase 2 si overall threshold <=nota de evaluación<=11 | 8.000 |
Máximo total fase 2 si 11 <nota de evaluación<=12 | 15.000 |
Máximo total fase 2 si nota de evaluación>12 | 30.000 |
Otros esquemas | 30.000 |
a.1.1.2. EUROPEAN INNOVATION COUNCIL: |
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a.1.1.2.1. EIC PATHFINDER: |
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Si se iguala o sobrepasa el threshold en cada uno de los tres criterios | 30.000 |
a.1.1.2.2. EIC TRANSITION: |
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Si se iguala o sobrepasa el threshold en cada uno de los tres criterios | 30.000 |
Preparación entrevista | 3.000 |
a.1.1.2.3. EIC ACCELERATOR: |
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PROPUESTA CORTA: |
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Si al menos tres GO en evaluación. | 8.000 |
Si al menos dos GO en evaluación. | 6.000 |
Si primera resubmission y al menos dos GO en evaluación. | 2.000 |
Procedimiento PLUG-IN: |
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Si al menos dos GO en la evaluación | 5.000 |
En otros casos | 1.500 |
PROPUESTA COMPLETA: |
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Si al menos nueve GO en evaluación remota. | 30.000 |
Si al menos seis GO en evaluación remota. | 22.000 |
Si al menos cuatro GO en evaluación remota. | 8.000 |
Preparación entrevista una vez superada la evaluación. | 3.000 |
Si primera resubmission y al menos cuatro GO en evaluación remota. | 8.000 |
a.1.1.3. PROYECTOS UNILATERALES BILATERALES, MULTILATERALES DEL CDTI, O ERANETS: |
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Propuestas en calidad de coordinador. | 20.000 |
Propuestas en calidad de socio. | 5.000 |
a.1.1.4. EUROSTARS: |
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Propuestas en calidad de coordinador: |
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Si aprueban primera fase de evaluación | 5.000 |
Si en segunda fase están en grupo 5 o 6 | 20.000 |
Si en segunda fase están en grupo 1, 2, 3 o 4 | 5.000 |
Si provienen de una primera resubmission y aprueban primera fase | 5.000 |
Propuestas en calidad de socio: |
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En el caso de socios si accede a la segunda fase | 5.000 |
a.1.1.5. OTROS PROGRAMAS EUROPEOS MULTIANUALES: si la nota de evaluación >= nota de corte. | 30.000 |
a.1.2. GESTIÓN Y COORDINACIÓN: | 5.000 |
a.1.3. Acciones de prospección |
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a.1.3.1 Planes de acción | 6.000 |
a.1.3.2 GASTOS DE DESPLAZAMIENTO: máximo en un año | 10.000 |
Máximo por profesional y asistencia | 2.000 |
En el caso de: · Misiones internacionales organizadas o coorganizadas por ADER, · Misiones tecnológicas internacionales organizadas por Agrupaciones Empresariales Innovadoras Riojanas, · Misiones Empresariales organizadas o con la participación de la Comisión Europea, los puntos nacionales de contacto, organismos gestores de programas como European Partnerships o EIT: Máximo por profesional y asistencia. | 4.000 |
En el caso de Misiones internacionales organizadas o coorganizadas por ADER: Máximo por confección de agendas | 3.000 |
En el caso de Misiones tecnológicas internacionales organizadas por Agrupaciones Empresariales Innovadoras Riojanas: Máximo por confección de agendas. | 14.000 |
Sólo serán subvencionables los gastos que hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Beneficios
Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 100%, siempre sometido al régimen de minimis, con los límites de gasto subvencionable por actuación que se detallan en el apartado 2.c1) de la convocatoria.
Limitaciones
- Cada solicitud de Cheque incluirá solamente una única actuación.
Se admitirá un máximo total de cuatro propuestas de las contempladas en el apartado a1.1 Proyectos de la Unión Europea y otros marcos de colaboración tecnológica internacional del Anexo I de la convocatoria en los términos previstos en el mismo, debiéndose presentar igualmente una solicitud por propuesta. - No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- La prestación de servicios que constituyan el objeto social o actividad propios de la empresa que solicita la ayuda.
- Las actividades de asesoramiento periódico o de mantenimiento.
- No serán subvencionables los gastos o inversiones concertadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario.
- El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 300 euros.
- En la fase de abono se excluirán las facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300 euros (IVA excluido), salvo para los gastos de desplazamiento de profesionales para acciones de prospección referentes a la participación de la empresa en proyectos de I+D+i, cuyo coste elegible subvencionable será igual o superior a 20 euros (IVA excluido).
Otras condiciones
- La modalidad de participación será individual (proyectos individuales).
- La beneficiaria deberá de concretar los proveedores de los trabajos o gastos a realizar en el momento de la apertura del expediente.
- Los proyectos o los resultados de las acciones a subvencionar tendrán como objetivo implantarse y/o explotarse por la empresa solicitante, y esta implantación y/o explotación, deberá ubicarse en centros de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- En fase de justificación el contenido mínimo de los trabajos serán los descritos en el Anexo I de la convocatoria.
- Los beneficiarios deberán acreditar el pago del gasto y/o las inversiones incentivadas mediante medios verificables documentalmente (tales como transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés, recibos domiciliados en cuenta u otros), justificando que las facturas han sido pagadas en las condiciones siguientes: Sólo será subvencionable el gasto efectivamente pagado antes de la finalización del plazo de justificación de la actuación subvencionable; Se entenderá como gasto efectivamente pagado el efectuado a través de entidad financiera mediante cargo en la cuenta bancaria del beneficiario. No se admitirá el ingreso en metálico realizado en la cuenta del proveedor.
- Los interesados presentarán sus solicitudes y realizarán los actos sucesivos, exclusivamente, a través de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, utilizando los formularios e instancias normalizadas disponibles al efecto. Carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.
Plazo
- El último plazo de presentación de solicitudes finalizará el 13 de diciembre de 2024 a las 14 h.
- Cerrado el plazo de presentación de solicitudes, no se podrá incrementar el presupuesto de inversión subvencionable.
- Serán subvencionables los costes realizados a partir del día 1 de julio de 2023, incluido.
Esta información tiene mero carácter informativo, conforme a la legislación actualmente vigente.