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Nota informativa
Modificación de los importes de gasto subvencionable a partir de los cuales el beneficiario de una subvención tiene la obligación de presentar ofertas.
Se informa a los titulares de subvenciones en fase de tramitación de que a partir de la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cualquier gasto subvencionable que contraigan a partir del 9 de marzo de 2018 por cuantía igual o superior a 40.000 euros en el caso de obras, o a 15.000 euros en el caso de prestación de servicios o entrega de bienes , requerirá la presentación de al menos tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del compromiso para la ejecución de la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien subvencionado.
En el caso de aplicación de módulos en obra civil, no será preceptiva la solicitud de ofertas.